Banco/Caja no firma el día de la escritura de compraventa porque no está un certificado de deuda.
Título: Atención: Certificado de Deuda del IBI, ¿es obligatorio para firmar una compraventa con préstamo hipotecario?
¡Hola amigos! Soy Orlando Torrecilla de fincastorrecilla.com. Hoy quiero compartir con ustedes una situación que ha causado un poco de confusión, especialmente entre los compradores y vendedores que están gestionando la compra de una propiedad con un préstamo hipotecario.
En una reciente operación, nos encontramos con que un banco no firmó una escritura de compraventa porque, según ellos, faltaba el certificado de deuda del IBI. ¡Pero aquí viene la sorpresa! Quiero aclarar que este certificado no es obligatorio en la mayoría de los casos, y mucho menos en las compraventas. Tampoco lo es el certificado de deuda de la comunidad de propietarios. De hecho, el comprador puede eximir al vendedor de mostrar estos documentos, siempre y cuando lo acuerde así.
La diferencia con el certificado energético
Este caso nos recuerda que, en cuestiones de la compraventa de una vivienda, hay algunos documentos que sí son obligatorios, como el certificado de eficiencia energética. El notario no puede firmar la compraventa si este certificado no está presente. Pero repito, el certificado de deuda del IBI y el certificado de deuda con la comunidad no son obligatorios. De hecho, en lugar de esos documentos, lo que se muestra normalmente son los recibos del IBI y de la comunidad, de al menos los últimos tres años.
Los bancos y su exigencia del certificado de deuda del IBI
Ahora bien, aquí es donde se pone interesante. Algunos bancos han comenzado a pedir este certificado de deuda del IBI como un requisito para poder firmar la escritura de compraventa con un préstamo hipotecario. Esto es algo que no es obligatorio por ley, pero algunos bancos lo consideran indispensable para proceder con la operación. Si este documento falta, el banco no aprobará el préstamo.
A veces, los bancos no avisan de que lo requieren, y pueden esperar hasta el último momento para pedirlo, justo cuando ya están en la notaría. Si no se presenta el certificado, puede que la firma tenga que posponerse hasta que se obtenga.
¿Cómo proceder si te sucede esto?
Es importante estar preparado para esta eventualidad. Si te encuentras con una situación similar, te recomiendo que consultes con un profesional para que te guíen en todo el proceso. Recuerda, aunque no es obligatorio el certificado de deuda del IBI, si el banco lo pide para procesar el préstamo, es mejor tenerlo listo para evitar sorpresas en el último momento.
Si estás en medio de una compraventa y te ha surgido este inconveniente, no dudes en consultarnos. Ofrecemos asesoría económica y personalizada por videollamada o WhatsApp. Puedes contactarnos al 6 9 3 0 2 3 9 2 6, donde te ayudaremos a resolver cualquier duda que tengas con un precio muy accesible.
Hasta el próximo vídeo, si Dios quiere, ¡gracias por seguirnos!
Orlando Torrecillafincastorrecilla.com
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