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Propietario persona física de vivienda de alquiler habitual puede recuperar vivienda para vivir él.




En el mundo del arrendamiento, es crucial entender las cláusulas que pueden afectar tanto a arrendadores como a arrendatarios. Hoy, analizaremos un aspecto fundamental relacionado con la prórroga del contrato de arrendamiento, especialmente cuando el arrendador es una persona física.


La prórroga obligatoria y sus excepciones


Una vez que ha transcurrido el primer año de duración del contrato, la prórroga obligatoria no aplicará si, en el momento de la celebración del contrato, se ha especificado de manera expresa que el arrendador necesita ocupar la vivienda antes de cinco años. Esta necesidad puede ser para destinar la vivienda a su uso personal, o para sus familiares directos o cónyuge en casos de separación, divorcio o nulidad matrimonial.


Comunicación del Arrendador


Para que el arrendador ejerza su derecho a recuperar la vivienda, deberá notificar al arrendatario, al menos con dos meses de antelación, especificando la causa de la necesidad de ocupación. Si no se llega a un acuerdo diferente, el arrendatario estará obligado a entregar la propiedad en ese plazo.


Derechos del Arrendatario


¿Qué sucede si el arrendador no ocupa la vivienda en el plazo estipulado? Si, transcurridos tres meses desde la extinción del contrato o desde el desalojo efectivo, el arrendador o sus familiares no han ocupado la vivienda, el arrendatario tiene opciones. Podrá optar por:


  1. Reinstalación en la vivienda: Ser repuesto en el uso y disfrute de la propiedad por un nuevo período de hasta cinco años, manteniendo las condiciones contractuales previas y recibiendo una indemnización por los gastos que haya tenido que asumir por el desalojo.


  2. Indemnización económica: Ser compensado con una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que quede por cumplir hasta completar los cinco años de contrato.


Excepciones por Fuerza Mayor


Es importante tener en cuenta que si la ocupación no se lleva a cabo por causa de fuerza mayor —definida como eventos imprevistos o inevitables— estas opciones pueden no ser aplicables.


Conclusión


Tanto arrendadores como arrendatarios deben ser conscientes de sus derechos y obligaciones en el proceso de arrendamiento. Conocer estas condiciones puede ayudar a evitar malentendidos y a asegurar que ambas partes cumplan con lo pactado. Si tienes dudas sobre tu contrato de arrendamiento o necesitas asesoría, no dudes en consultarnos. ¡Mantente informado y protegido!



ASESORAMIENTO INMOBILIARIO Teléfono/WhatsApp 📲 📲 693023926 📲 📲 www.fincastorrecilla.com


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