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Registro no pide el modelo 211 retención a no residentes . Peligro con plusvalía municipal.

  • Foto del escritor: Orlando Torrecilla
    Orlando Torrecilla
  • 2 abr
  • 2 Min. de lectura



¡Atención a todos los compradores de inmuebles a no residentes!

¡Hola amigos y amigas! Soy Orlando Torrecilla, de fincastorrecilla.com, y hoy quiero hablarles sobre un tema muy importante si están en proceso de comprar una propiedad a un no residente en España.

Modelo 211: Retención a No Residentes

Cuando compramos un inmueble a un no residente, uno de los puntos clave que debemos tener en cuenta es la retención del 3% al vendedor, una obligación fiscal que debe cumplirse mediante la presentación del Modelo 211 ante Hacienda. Este modelo es esencial para regularizar la transacción y evitar complicaciones en el futuro.

¿Cómo funciona?

En la escritura de compraventa, el comprador debe retener el 3% del precio de venta y presentarlo ante la Agencia Tributaria. Esto es una obligación tributaria del comprador, no del vendedor, y debe hacerse en el momento de la transacción. Es importante destacar que el Modelo 211 no se presenta en el registro de la propiedad ni en la oficina liquidadora autonómica, por lo que no es necesario para la inscripción de la compraventa.

La Plusvalía Municipal

Pero atención, porque aquí viene un detalle crucial. Además del Modelo 211, también es fundamental que se presente la plusvalía municipal, un impuesto local que grava el incremento de valor del terreno donde se encuentra la propiedad. Si el vendedor no lo presenta, el ayuntamiento y Hacienda pueden ir tras el comprador para reclamarlo.

¿Cómo evitar problemas?

Si estás comprando un inmueble a un no residente, asegúrate de que el vendedor haya presentado la plusvalía municipal. Es recomendable dejar constancia de ello en el contrato o en la escritura, para que no haya dudas y el comprador tenga la prueba de que la plusvalía ha sido presentada correctamente.

No olvides el Modelo 211

Aunque el modelo 211 no se solicita en el registro de la propiedad, es una obligación tributaria que el comprador debe cumplir. Si no se presenta a tiempo, se pueden generar problemas fiscales a futuro. Además, muchas veces ni el registrador ni la oficina liquidadora lo solicitan, ya que es una gestión estatal a través de la Agencia Tributaria, pero no por eso debemos dejar de cumplirlo.

En resumen, si compras a un no residente, no olvides que el 3% de retención y la plusvalía municipal son dos aspectos clave que debes gestionar correctamente. Si tienes dudas o necesitas ayuda con el Modelo 211, no dudes en contactarnos. ¡Estamos aquí para ayudarte!

Contáctanos

Si necesitas más información o quieres hacer alguna consulta relacionada con el Modelo 211, puedes llamarnos o enviarnos un mensaje por WhatsApp al 693 023 926. También ofrecemos videollamadas por un coste pequeño para resolver cualquier duda que tengas.

¡Nos vemos en el próximo vídeo!

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